viernes, 30 de agosto de 2013

Asesoría para la efectiva venta de lotes para el desarrollo de proyectos.


 
Somos  una entidad asesora de procesos compra y venta de bien raíz  para proyectos  habitacionales populares y privados, Para tal efecto, contamos con un equipo social, técnico y administrativo – financiero, que le permite garantizar calidad y eficiencia, en los procesos de gestión y asesoría técnica integral. Para el desarrollo de los proyectos de vivienda que se implementaran en su lote.

Así podemos ofrecerle para garantizar la venta de su lote:
 -          Asesoría para garantizar  el estado la idoneidad del lote en venta para el proceso de construcción de vivienda u otro proyecto (capacidad portante, uso de suelo entre otros)
-          Asesoría técnica para el Proceso de desarrollo de diseños la cual  está incluida dentro del proceso  (compra y venta sobre planos)
-          Asesoría en el proceso de oferta y  venta de proyectos sobre planos a oferentes de vivienda o su financiamiento a  ángeles inversionistas. 




miércoles, 24 de julio de 2013

Oferta de servicios para organizaciones populares de vivienda


"Después del sueño buscaron aquella ciudad; no la encontraron, pero  se  encontraron  entre sí; decidieron construir una ciudad  como en el sueño"
Italo Calvino.

Desde la investigación acción participativa tranformadora (iap) para el desarrollo de vivienda, el sujeto es el que participa activamente  no el objeto de estudio y que deseamos investigar para los fines de cambio y transformación que solo sucederá con la participación activa de las personas, de los ciudadanos, de los grupos, de los movimientos, de las comunidades, etc.
Existen diversas formas de que las  ONG’s y las OPV’s que compraran terrenos directamente o por medio de una fiducia. Interesadas en desarrollar proyectos de vivienda con precios inferiores a 50 (SMLV) lo realmente inportante es la intencion de las familias por cunplir sus sueños de adquirir vivienda y la dispocision de organisarse para acceder a esta.
 
La articulación de actores en el proceso como: empresa privada, entes territoriales y comunidad para lograr desarrollar el proyecto según los estándares los sueños y exceptivas de la comunidad es el servicio que ofrece BASE CONSULTORES S.A.S
 
Adicionalmente se ofrece el servicio de investigación inmobiliaria, compra de lote y diseño de anteproyecto para agilizar el proceso de ejecución de la negociación.
 
En caso de fiducias o ejecución directa Las OPV’s o las ONG’s deberán tener un acompañante integral que u oferente cumpla con las siguientes características.
 
 
 
 Personas Jurídicas con certificado de existencia y representación legal vigente.
 
Relacionar al menos dos proyectos de vivienda que sumen mínimo quinientas (500)  unidades de vivienda escrituradas.
 
Certificar experiencia de acompañamiento a Organizaciones Populares de Vivienda expedida por la autoridad competente.
 
Carta de compromiso del acompañante integral, donde manifieste expresamente su voluntad y disposición para realizar acompañamiento jurídico, financiero, técnico y social del proyecto.
 
 
 
 

jueves, 9 de mayo de 2013


INVERTIR EN BIEN RAÍZ DE FORMA ASOCIADA, UNA ESTRATEGIA PARA EL DESARROLLO

Nosotros nos especializamos en la venta de proyectos en pre-construcción porque tienen la gran ventaja de dar una gran flexibilidad financiera tanto para el constructor como para las familias beneficiarias.  En vez de tener que pagar el 30% de contado como cuota inicial, este monto se difiere en cuotas mensuales con plazos de más de un año.  Esto facilita el acceso a la compra y tienen la gran ventaja de que permite al comprador ganar una valorización por el hecho de comprar sobre planos.

 En Colombia existe la posibilidad de que esta compra sea de manera asociativa y de manera progresiva lo que permite comprar un inmueble al alcance de su presupuesto, dependiendo la capacidad de pago de la forma de producción asociativa y de la propensión al ahorro de la misma, sin necesidad de tener ahorrados sumas importantes de dinero.

Esto se establece claramente en el DECRETO Nº02391“POR EL CUAL SE REGLAMENTAN EL ARTICULO 62 DE LA LEY 9 DE 1989 Y EL ARTICULO 3o. DEL DECRETO LEY 78 DE 1987 EN DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DE LAS ORGANIZACIONES POPULARES DE VIVIENDA” En ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 3º del Artículo 170 de la Constitución Política; Establece la “DEFINICION DE ORGANIZACIONES POPULRES DE VIVIENDA”.


Se entiende por Organizaciones Populares de Vivienda aquellas que han sido constituidas y reconocidas como entidades sin ánimo de lucro cuyo sistema financiero sea de economía solidaria y tengan por objeto el desarrollo del programa de vivienda para sus afiliados por sistemas de autogestión o participación comunitaria.

Estas organizaciones pueden ser constituidas por sindicatos, cooperativas, asociaciones, fundaciones, corporaciones, juntas de acción comunal, fondos de empleados, empresas comunitarias y las demás que puedan asimilarse a las anteriores, en los términos previstos en la Ley 9 de 1989.


Permite entender por  sistema de economía solidaria aquel en el cual todos los afiliados participan directamente mediante aportes en dinero y en trabajo comunitario, ó en cualquiera de las dos formas.

Según los niveles de participación de los afiliados en la construcción de las obras, se establece la modalidad de Construcción Delegada, en la cual la gestión, administración y planificación de la obra así como el nombramiento del personal técnico administrativo está a cargo de los afiliados a la Organización Popular, sin que medie su participación en forma de trabajo comunitario en la ejecución de las obras, o la modalidad de Autoconstrucción, en la que los afiliados contribuyen directamente con su trabajo en la ejecución de las obras

En otras palabras la vivienda es desarrollada por autogestión o participación comunitaria,  administrativa, técnica y financierament